Aguinaldo Costa Rica 2026: fórmula oficial MTSS

Calculá tu aguinaldo en Costa Rica 2026 al instante: fórmula oficial del MTSS (1/12 del salario Dic–Nov). Exento de CCSS y renta. Gratis y sin registro.

Cómo se calcula el aguinaldo

El aguinaldo equivale al promedio de los salarios brutos ordinarios y extraordinarios recibidos entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año en curso, dividido entre doce. Se paga a más tardar el 20 de diciembre y no está sujeto a cargas sociales.

La calculadora estima el monto con tus salarios del periodo, incluyendo meses incompletos si empezaste a trabajar durante el año.

  • Incluye horas extra, comisiones y pagos ordinarios del periodo.
  • Funciona con periodos parciales para quienes ingresaron a medio año.
  • No se deducen cargas sociales del monto resultante.

Qué hacer con el aguinaldo

Antes de gastarlo, revisá si tenés deudas de tarjeta con tasas altas: cancelarlas suele rendir más que cualquier inversión disponible. Si no tenés deudas caras, destinarlo al fondo de emergencia o a un CDP es una alternativa sencilla y de bajo riesgo.

Cómo funciona

  1. Sumá los salarios del período — Devengado entre 1 dic del año anterior y 30 nov del actual.
  2. La calculadora divide entre 12 — Doceava parte según Ley N°2412.
  3. Verificá el monto neto — El aguinaldo está exento de CCSS y renta.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el aguinaldo en Costa Rica?
Se suman todos los salarios brutos ordinarios y extraordinarios pagados entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año en curso, y se divide entre 12. Esa doceava parte es tu aguinaldo, según la Ley N°2412 y el Código de Trabajo. Incluye horas extras, comisiones y salario en especie; no incluye viáticos.
¿Cuándo se paga el aguinaldo en Costa Rica?
El patrono está obligado a pagarlo dentro de los primeros 20 días de diciembre. Si no lo hace, podés denunciarlo al MTSS o reclamarlo en la vía judicial. El derecho prescribe al año de terminada la relación laboral.
¿El aguinaldo paga impuesto de renta o CCSS?
No. El aguinaldo está exento del impuesto sobre la renta (artículo 35 de la Ley del ISR) y no paga cargas sociales de CCSS siempre que no exceda la doceava parte del salario anual. Es un ingreso 100% neto para el trabajador.
¿Cómo se calcula el aguinaldo si no trabajé los 12 meses?
Recibís aguinaldo proporcional: sumás los salarios brutos efectivamente devengados en los meses trabajados dentro del período Dic–Nov y dividís entre 12. Por ejemplo, si trabajaste 6 meses con ₡800.000, tu aguinaldo es (800.000 × 6) / 12 = ₡400.000.
¿Tengo derecho al aguinaldo si renuncio antes de diciembre?
Sí. El aguinaldo proporcional es un derecho irrenunciable independientemente de la causa de salida: renuncia voluntaria, despido con o sin responsabilidad patronal, o mutuo acuerdo. Se incluye dentro de la liquidación laboral final.
¿Cómo afectan las incapacidades el cálculo del aguinaldo?
Solo cuenta para el aguinaldo el salario que efectivamente paga el patrono. El subsidio por incapacidad que paga la CCSS o el INS no se considera salario y no entra en la suma. En licencia de maternidad, el patrono paga el 50% del salario y ese monto sí cuenta.
¿Aplica el aguinaldo para el servicio doméstico y trabajo por horas?
Sí. Todo trabajador en relación de dependencia tiene derecho al aguinaldo: servicio doméstico, trabajo por horas, jornadas parciales, agrícolas, temporales. La fórmula es la misma: 1/12 de lo devengado en el período Dic–Nov.
¿Qué pasa si mi patrono no paga el aguinaldo a tiempo?
Podés presentar denuncia gratuita ante el MTSS (Ministerio de Trabajo) o demanda en el juzgado laboral. El patrono enfrenta multas administrativas y debe pagar intereses moratorios. El derecho prescribe a los 12 meses de finalizada la relación laboral.
¿El aguinaldo se calcula sobre el salario bruto o neto?
Siempre sobre el salario bruto, antes de las deducciones de CCSS, impuesto de renta y rebajos voluntarios. Como el aguinaldo está exento, lo que calculás es exactamente lo que recibís en el cheque.
¿Qué diferencia hay entre aguinaldo y salario escolar?
El aguinaldo es obligatorio por ley para todo trabajador (Ley N°2412) y se paga en diciembre. El salario escolar es un porcentaje adicional (8.33% en sector público) que se acumula mensualmente y se paga en enero, pero en el sector privado solo aplica si está pactado en contrato o convenio colectivo.